MÓDULO 16 UNIDAD 3 ACTIVIDAD 1 FACULTADES DE LOS ESTADOS EN MATERIA DE INGRESOS

 

Introducción

 

En la Actividad 1 de la Unidad 3 Módulo 16, tiene como finalidad la comprensión del tema del Federalismo Fiscal en México; por lo que en el presente trabajo se muestra un mapa conceptual en él se presenta información acerca del Federalismo Fiscal Mexicano, el vínculo entre la Federación y las Entidades Federativas, las atribuciones para imponer los Impuestos, las obligaciones de los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal, los criterios de distribución de los Recursos Públicos,  en los Niveles de Gobierno antes mencionados; ahora lo que entendí es que el Federalismo Fiscal Mexicano es una disciplina de las Finanzas Públicas, que la relación entre la Federación y las Entidades Federativas sientan las bases para el desarrollo de las leyes locales; que las facultades del Gobierno en materia de Contribuciones son distribuidas entre el Gobierno Federal y los Gobiernos Estatales y Municipales en el que establecen mecanismo de coordinación y previsión de las decisiones fiscales, los Criterios de distribución de los recursos causa el Crecimiento Económico, Recaudatorio dependiendo del tamaño de Población de la Entidad Federativa.

Desarrollo

 

Federalismo Fiscal en México

 

El Federalismo se comprende como un modelo Organizacional de Política, Social y Territorial con Coordinación Administrativa; por lo que el Federalismo Fiscal en México se conceptualiza como que es una Subdisciplina de las Finanzas Pública que determinan las obligaciones tributarias con facultad de cobrar determinados Impuestos o Derechos para ejercer el Gasto Público del Gobierno Federal, Estatal y Municipal lo que da respuesta a la distribución del Gasto de forma Eficaz y Eficiente. La Federación y las Entidades Federativas se vinculan mediante el ejercicio de sus facultades presentes cono las propias Entidades Federativas, Ciudad de México y Municipios que actúan bajo la misma Ley como CPEUM, LFPRH, LCF; con imposiciones de Contribución para ejercer el Gasto Público en donde el Gobierno Federal tiene la facultad de establecer las Contribuciones sobre Comercio Exterior, Aprovechamientos y explotación de los Recursos Naturales, así como los Impuestos Especiales sobre Energía Eléctrica, Producción y consumo de Tabacos Labrados, Gasolina y productos derivados del Petróleo, Cerillos y Fósforos, Aguamiel y productos de Fermentación, Explotación Forestal y Producción y Consumo de Cerveza, el Gobierno Estatal administrará su hacienda y se formará de los rendimientos con Ingresos como Impuesto Predial, Impuesto sobre la Adquisición de Inmuebles y Transición de Dominio, Impuesto para el Fomento Deportivo y Educacional, Desarrollo Integral de la Familia, Promoción de la Cultura, Impuesto sobre Asistencia a Juegos permitidos y Espectáculos Públicos, Impuesto de Plusvalía, y las Contribuciones de las Legislaturas que establezcan y el Gobierno Municipal están autorizados al Tributo del Agua Potable, Drenaje, Alcantarillado, tratamiento y disposiciones de sus Aguas residuales, Alumbrado Público, Limpia, Recolección, Traslado, Tratamiento y disposición final de residuos, Mercados, Central de Abasto, Panteones, Rastro, Calles, Parques y Jardines con su equipamiento y Seguridad Pública; entre las obligaciones es establecer la asignación las funciones del Gasto Público y Fuentes de Financiamiento, determinar los mecanismo de coordinación  y previsión de las decisiones fiscales, transferencias intergubernamentales, fiscalizaciones y endeudamiento; los criterios para distribuir los recursos están reservadas a los Estados y la interpretación en la fórmula de distribución es causa que el FGP (Fondo General de Participaciones) se distribuye a las Entidades Federativas de acuerdo con los Indicadores al monto asignado al FGP (Fondo General de Participaciones) como el Crecimiento Económico al Esfuerzo Recaudatorio, al Tamaño de la Población de cada Entidad Federativa.

Mapa Conceptual del Federalismo Fiscal en México


Para una mejor visualización en el enlace en PDF https://drive.google.com/file/d/18ZxNoGOgfg4Qp4DNLaK9_3zbPkDdhxpV/view?usp=sharing

Conclusión

 

Postura personal con respecto a la Facultad de los Estados en Materia de Ingresos

 

La imposición de nuevas Impuestos para obtener más Ingresos considero que no resuelve la problemática de la falta de recursos para el Gasto Público, porque el crear nuevos tributos solo crean más inconformidad en la Sociedad y sobre todos los Contribuyentes; considero que se debe hacer un análisis de cuantas Instituciones Pública y Servidor Público no son necesarias porque que existe mucha fuga de recursos en esta materia, solo  por ejemplificar en las Clínicas del IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) cada consultorio cuenta con una Asistente y desde mi perspectiva y que en alguna ocasión interactúe con una persona que se desempeñaba en esa función (no expongo Clínica y nombre de la persona por derecho a su privacidad)  me explico sus actividades a desarrollar, entendí que una persona puede hacer el trabajo de dos consultorios sino que el de  hasta tres; ahora desde mi perspectiva la Comisión de los Derechos Humanos en México es un organismo que es solo una fuente de trabajo del exceso de Servidores que hay en México porque no cumple con su función que es la de proteger los derechos humanos de la Sociedad y que solo brilla cuando hay que proteger a un delincuente y desamparar a los Ciudadanos. Por lo que considero que no se trata de imponer más Impuesto, sino de distribuirlos los que existen do forma más equitativa, de manera eficiente, con transparencia que es la parte en la que más se debe trabajar, porque de esta manera se puede lograr un mejor Gasto Púbico y por ende un mejor desarrollo en el país.

Referencias

 

 

Cámara de Diputados LXIII Legislatura. (8 de junio del 2017 de eecefp/004/2017 de Criterios que se utilizan para la asignación Presupuestal a Entidades Federativas y Municipios en la Ley de Coordinación Fiscal). Obtenido de CEFP (Centro de Estudios de las Finanzas Públicas): https://www.cefp.gob.mx/publicaciones/documento/2017/eecefp0042017.pdf

Castro Angeles Gerardo, D. E., Salazar Rivera Mayra Paulina, E. P., & Sandoval Contreras Luis, D. (Ciudad de México enero - junio del 2019 de Federalismo Fiscal y su efecto en el crecimiento y la distribución de Ingresos, evidencia para México). Scielo. Obtenido de Gestión de Política Pública Vol. 28 No. 1: https://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1405-10792019000100107

Gobierno de la Ciudad de México. (s.f.). Obtenido de Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2022: https://cdmxassets.s3.amazonaws.com/media/files-pdf/paquete_economico_2022/presupuesto_egresos_2022/tomo_I/PROYECTO_DE_DECRETO_DE_PRESUPUESTO_DE_EGRESOS_CDMX_2022.pdf

Gobierno de la Ciudad de México Poder Ejecutivo. (11 de Febero del 2022 de Vigésima Primera Época No. 788 Bis de Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México). Obtenido de Gaceta Oficial de la Ciudad de México: https://servidoresx3.finanzas.cdmx.gob.mx/fiscal/docs/ACUERDO_FORMULAS_VARIABLES_2022.pdf

Gobierno de la Ciudad de México. (Ley de Ingresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2022 de Subdirección de Legalidad (Unidad Responsable). Obtenido de Secretaría de la Contraloría General: http://www3.contraloriadf.gob.mx/prontuario/index.php/normativas/Template/ver_mas/69781/31/1/0

Quevedo, B. (1° de Octubre del 2013). CIEP (Centro de Investigación Económica y Presupuestaria, A.C. Obtenido de Para entender el Federalismo Fiscal en México: https://ciep.mx/para-entender-el-federalismo-fiscal-mexicano/

Sánchez Galán, J. (14 de septiembre del 2019). Economipedia. Obtenido de Federalismo: https://economipedia.com/definiciones/federalismo.html

Senado de la República LVIII Legislatura. (Agosto del 2001 de El Federalismo Fiscal en México). Obtenido de Instituto de Investigaciones Legislativas del Senado de la República: http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/bitstream/handle/123456789/1731/Federalismo_Fiscal.pdf?sequence=1&isAllowed=y#:~:text=Por%20lo%20tanto%2C%20el%20federalismo,eficientemente%20el%20suministro%20de%20bienes

SHCP (Secretaría de Hacienda y Crédito Público). (Cifras Preliminares de Enero - mayo del 2022 de Ingresos del Gobiero Federal). Obtenido de SAT (Servicios de Administración Tributaria): https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/732118/IngresosdelGobiernoFederalMayo22.pdf

Sobarzo Fimbres, H. (Federalismo Fiscal en México). Colegio de México. Obtenido de Centro de Estudios Económicos: https://www.uv.mx/personal/clelanda/files/2014/09/Sobarzo-2005-Federalismo-Fiscal-en-Mexico.pdf

Tello, C. (s.f.). Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Obtenido de Federalismo Fiscal: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/9/4075/4.pdf

UnADM (Universidad Abierta y a Distancia de México). (Actividad 1 Facultades de los Estados en materia de Ingresos de Unidad 3 Sistema Nacinal de Fiscalización de Módulo 16 Asignación de los Recursos Federales a los Estados y Municipios). Obtenido de Licenciatura en Contaduría y Finanzas Pública 6° Semestre Contenido: https://campus.unadmexico.mx/contenidos/DCSA/MODULOS/CFP/M16_VARFE/U3/recursos/pdf/M16_U3_Contenido.pdf


Comentarios

Entradas populares de este blog

MÓDULO 22 UNIDAD 2 ACTIVIDAD 1 DETERMINACIÓN DE LOS IMPUESTOS FEDERALES Y ESTATALES

MÓDULO 18 UNIDAD 3 ACTIVIDAD 3 INFORME DE AUDITORÍA EN EL SECTOR PÚBLICO

MÓDULO 23 UNIDAD 3 ACTIVIDAD 3 SIMULADOR DE COSTO DE CRÉDITO