MÓDULO 14 UNIDAD 1 ACTIVIDAD 3 CONSTRUCCIÓN DE LA CUENTA PUBLICA
Introducción
En
Actividad 3 de la Unidad 1 del Módulo 14 de la UnADM (Universidad Abierta y a
Distancia de México) se realiza un Ensayo de la Integración de la Cuenta
Pública; por lo consiguiente es importante comprender el desarrollo de esta.
La
Cuenta Pública en la Planeación es el Registro Contable Sistematizado de los
Ingresos, Gastos y Deuda Pública; la Integración de la Cuenta Pública del
Gobierno Federal es constituida con los Estados Financieros, Información
Presupuestaria, Programática y Contable la cual es presentada por el Poder
Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial y Órganos Autónomos de la
Federación. La Cuenta Pública del Gobierno Federal, es Formulada e Integrada
por la SHCP (Secretaría de Hacienda y Crédito Público); en las Entidades
Federativas de acuerdo con la Clasificación Administrativa se refiere al
Gobierno Estatal o el Distrito Federal se forma por los Estados Financieros e
Información Presupuestaria, Programática y Contable que presentan los Poderes
Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial y Órganos Autónomos de la Entidad
Federativa. La Cuenta Pública de la Entidad Federativa, es Formulada e
Integrada por la Secretaría de Finanzas o su equivalente, por lo que los entes
públicos de las Entidades Federativas remitirían la información en los términos
y conductos que la Secretaría de Finanzas o su equivalente lo solicite; en los
Ayuntamientos de los Municipios de acuerdo con la Clasificación Administrativa
del Gobierno Municipal el cual engloba las Dependencias y Organismos
Descentralizados del Municipio los cuales incluyen al Presidente Municipal,
Regidores y Síndicos, es Formulada e Integrada por la Secretaría de Finanzas o
su equivalente y por la Tesorería Municipal o equivalente, deberá ser
presentadas al Poder Legislativo de la Entidad Federativa dentro del plazo
establecido en la Normatividad local. Es importante resaltar que la Integración de la Cuenta Pública refleja el
resultado del Trabajo coordinado de los Entes Públicos; el cual es presentado
con información detallada de los Ingresos y Egresos de la Federación; el
objetivo de este tiene como finalidad presentar un informe de la Recaudación,
Administración, Manejo y Aplicación de los Ingresos y Egresos Federales de un
Ejercicio Fiscal de un determinado periodo, en materia Contable, Presupuestaria
y Programática con un análisis cualitativo de indicadores de Postura Fiscal, Programa
Económico de los Ingresos Presupuestarios, Gastos Presupuestarios y Deuda
Pública con Objetivos y Prioridades definidas. Cabe mencionar que la
Información presentada en este trabajo tiene fines aprendizaje y educativos.
Desarrollo
Integración de la
Cuenta Pública
Como
se estipula en la CPEUM (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos)
en los Artículos 74 en la Fracción VI es deber de la H. Cámara de Diputados
Revisar la Cuenta Pública del año anterior con el objeto de evaluar los
Resultados de la Gestión Financiera, Comprobar si se ha ajustado a los
criterios señalados por el Presupuesto y Verificar el Cumplimiento de los
Objetivos contenidos en los Programas, a través de la ASF (Auditoria Superior
de la Federación; por lo que el Ejercicio Fiscal correspondiente deberá ser
presentada a más tardar el 30 de abril y solo se podrá ampliar el plazo de
presentación en los términos de la Fracción IV (Solo se podrá ampliar el plazo
de presentación de la Iniciativa de Ley de Ingresos y del Proyecto de
Presupuesto de Egresos cuando medie solicitud del Poder Ejecutivo
suficientemente justificada a juicio de la Cámara o de la Comisión Permanente,
debiendo comparecer en todo caso el Secretario del Despacho correspondiente
para informar las razones que lo motiven) por lo que la ASF (Auditoria Superior
de la Federación contará con el mimo tiempo adicional para la presentación del
Informe General del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta
Pública; la H. Cámara Diputados concluirá la revisión de la Cuenta Pública a
más tardar el 31 de Octubre; con base en el análisis del Contenido y en las Conclusiones
Técnicas del Informe General Ejecutivo del resultado de la Fiscalización
Superior expuesto en el Artículo 79 de esta Constitución que entre otros punto
menciona (la función de fiscalización será ejercida conforme a los principios
de legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad), Artículo 122
Fracción II (Corresponde a la Legislatura de la Ciudad de México revisar la
Cuenta Pública del año anterior por conducto de su Entidad de Fiscalización, la
cual es un Órgano con Autonomía Técnica
y de Gestión); así como en la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal en el Artículo 31 Fracción XVIII (la SHCP (Secretaría de Hacienda y
Crédito Público) le corresponde formular la Cuenta Pública de la Hacienda
Pública Federal); y en la LGCG (Ley General de Contabilidad Gubernamental) en
el Artículo 52 (los Estados Financieros y demás Información Presupuestaria,
Programática y Contable que emanen los Registros de los Entes Públicos, serán
la base para la Emisión de Informes Periódicos y para la formulación de la
Cuenta Pública Anual), Artículo 53 (la Cuenta Pública del Gobierno Federal será
formulada por la SHCP (Secretaría de Hacienda y Crédito Público), y la de las
Entidades Federativas deberán atender en su cobertura a los establecido en su
Marco Legal Vigente), Artículo 55 (la Cuentas Públicas de los Ayuntamientos de
los Municipios deberán contener la Información Contable y Presupuestaria a que
se refiere el Artículo 48 de la LGCG (Ley General de Contabilidad
Gubernamental) conforme a lo que determine la CONAC (Consejo Nacional de
Armonización Contable) en atención a las características de estos.); en el
Artículo 64 Fracción VII del Reglamento Interior de la SHCP (Secretaría de
Hacienda y Crédito Público) la cual refiere que esta Integra y Consolida la
Cuenta Pública Federal y demás informes que deba presentar el Ejecutivo Federal
sobre la Gestión Pública en materia de Contabilidad Gubernamental de los
Recursos Públicos Federales en términos de las disposiciones Jurídicas
aplicables en coordinación de las Unidades Administrativas competentes de la
Secretaría y de la Oficina de la Presidencia de la República; y lo que precisa
el Acuerdo por el que se armoniza la Estructura de la Cuenta Pública del
Gobierno Federal, Entidades Federativas, Ayuntamientos de los Municipios
establecido por la CONAC (Consejo Nacional de la Armonización Contable); por lo
que se considera necesario para hacer obligatoria la Integración de las Cuenta
Públicas; por lo que es de interés mencionar que el personal del Área de Presupuesto
como el Área Contable intervienen de manera conjunta en la Elaboración de la
Cuenta Pública ya que aportan información para la Integración de esta, ambas
áreas deben estar bien coordinadas al momento del cierre Contable y
Presupuesta.
Las
Entidades Públicas que reportan la Información Contable que se Integra en la
Cuenta Pública son los que conforme a su Clasificación que establece la CONAC
(Consejo Nacional de Armonización Contable) en la NOR_01_11_002 del Acuerdo por
el que se armoniza la Estructura de las Cuentas Públicas; los cuales son el
Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial, Órganos Autónomos (estos
constituyen el Gobierno Federal); Gobierno Estatal y el Distrito Federal,
Gobierno Municipal, Órganos Ejecutivos Municipal, Ayuntamientos, Entidades de
Control Directo (IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social, etc.)), Entidades
de Control Indirecto (Instituciones Nacionales de Crédito, etc.) y Empresas
Productivas del Estado (PEMEX (Petróleos Mexicanos).
El
tomo del Poder Ejecutivo es integrado por las Dependencias incluyendo Ramos
Administrativos y Generales, así como Órganos Administrativos Descentralizados
de la Administración Pública Centralizada y la Procuraduría General de la
República. El tomo del Poder Legislativo se compone por los Estados
Financieros, Información Presupuestaria, Programática y Contable que presenta
la H. Cámara de Senadores, H. Cámara de Diputados y la ASF (Auditoria Superior
de la Federación). El Tomo del Poder Judicial es constituido por los Estados
Financieros e Información Presupuestaria, Programática y Contable de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, el Consejo de la Judicatura Federal y el
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. El Tomo de los Órganos
Autónomos se conforma de los Estados Financieros e Información Presupuestaria,
Programática y Contable de las Personas de Derecho Público con Autonomía en el
Ejercicio de sus Funciones y en su Administración las cuales son por
disposición de CPEUM (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Tomo
del Poder Ejecutivo se complementa de las Dependencias y Órganos
Administrativos Desconcentrados del Poder Ejecutivo y Procuraduría General de
Justicia del Estado. Tomo del Poder Legislativo contiene los Estados
Financieros e Información Presupuestaria, Programática y Contable de la
Legislatura de la Entidad Federativa, Entidades de Fiscalización Superior del
Estado y otros Entes Públicos del Poder Legislativo. Tomo del Poder Judicial
Incluye Estados Financieros e Información Presupuestaria, Programática y
Contable de los Tribunales que establecen las Legislaciones Locales, otros
Entes Públicos del Poder Judicial. Tomo de los Órganos Autónomos comprende los
Estados Financieros e Información Presupuestaria, Programática y Contable de
los Órganos que la Legislación Local les conceda Autonomía.
La
Cuenta Pública de los Ayuntamientos de los Municipios es de acuerdo con la
Clasificación Administrativa del Gobierno Municipal la cual engloba las
Dependencias y Organismos Descentralizados del Municipio estos incluyen al
Presidente Municipal, Regidores y Síndicos. Esta es Formulada e Integrada por
la Secretaría de Finanzas o su equivalente y por la Tesorería Municipal o
equivalente, deberán ser presentadas al Poder Legislativo de la Entidad
Federativa dentro del plazo establecido en la Normatividad local.
La
Publicación de la Cuenta Pública es con lo dispuesto en el Artículo 5 Fracción
IV de los Transitorios Cuarto y Quinto del Decreto que expide la LGCG (Ley General
de Contabilidad Gubernamental) que las Cuentas públicas del Gobierno Federal,
Entidades Federativas y Ayuntamientos de los Municipios deben ser publicadas
para ser consultadas por la población en general, las cuales estarán
disponibles en las respectivas páginas de internet de cada Ente Público desde
el momento que son presentadas para su
fiscalización.
La
Estructura de la Cuenta Pública del Gobierno Federal, Entidades Federativas,
Órganos Autónomos, contiene Información Contable, Presupuestaria, Programática,
Anexos estos incluirán ordenamientos establecidos que señalan la obligación de
incorporar reportes específicos en la Integración de la Cuenta Pública, así
como los que el Ente Público considere convenientes; así como los Resultados
Generales que contiene el análisis de los Indicadores de Postura Fiscal de
conformidad del Artículo 53 de la LGCG (Ley General Contabilidad Gubernamental)
e Información Contable incluyendo Estado de Actividades y el Flujos de Efectivo
y demás Estados Financieros consolidados y para Ayuntamientos de los Municipios
es la misma estructura y conforme a lo expuesto en el Artículo 55 de la misma
Ley.
La
Información Adicional de la Cuenta Pública del Gobierno Federal, Entidades
Federativas, Ayuntamientos de los Municipios, SHCP (Secretaría de Hacienda y
Crédito Público) y Secretaria de Finanzas o equivalentes deberán Integrar un
Tomo sobre el Sector para Estatal; en el caso de la Federación la Información
del Sector Paraestatal contendrá dos apartados con lo dispuesto en el Artículo
2 Fracción XIX (las Entidades de control directo cuyos ingresos están
comprendidos en su totalidad en la Ley de Ingresos y Egresos forman parte del
Gasto Neto Total) y Fracción XX (las Entidades de control indirecto cuyos
Ingresos Propios no están comprendidos en la Ley de Ingresos, y Egresos no
forman parte del Gasto Neto Total, salvo aquellos Subsidios y Transferencias
que en su caso reciban).
Conclusiones
Para
la Conclusión de esta Actividad expongo como ejemplo datos de la Cuenta Pública
del 2020 del Gobierno de la Ciudad de México, en el cual muestro los Ingresos,
Gastos, Deuda Pública; cabe mencionar que los demás puntos que se integran en
la Cuenta Pública pueden ser consultados en el enlace https://servidoresx3.finanzas.cdmx.gob.mx/egresos/cp2020_21/.
Los Ingresos Totales ascendieron a 232,415.8
millones de pesos de estos 209,872.20 representan Ingresos del Sector Público
Presupuestario de estos 119,291.1 millones de pesos son Ingresos de Origen
Federal y 90,581.1 millones de pesos provienen de Ingresos Locales, de estos
55,966.1 millones de pesos vienen de Ingresos Tributarios y 34,615 millones de
pesos son de Ingresos No Tributarios; del Sector Paraestatal No Financiero
proceden 22,543.6 millones de pesos. El Gasto Neto del Gobierno de la Ciudad de
México 232,013.1 millones de pesos de este destino al Gasto Programable un
monto por 221,631.9 millones de pesos y para el Gasto No Programable asigno
10,881.2 millones de pesos. En la Clasificación Económica del Gasto Corriente
registro un Ejercicio de 162,710.7 millones de pesos; del Gasto Capital
registro 50,332.2 millones de pesos y del Gasto de Pensiones y Jubilaciones se
destinó 8,589.0 millones de pesos. En la Clasificación Administrativa se
ejerció un total de 171,416.8 millones de pesos es gasto considerado para
Alcaldías, Transferencias a los Órganos de Gobierno y Órganos Autónomos y para
el Sector Paraestatal No Financiero distribuyó 60,596.4 millones de pesos. El
Saldo de la Deuda Pública del Gobierno de la Ciudad de México represento 90,000,367 millones de pesos; para
el 2020 el Congreso de la Unión y el Congreso de la Ciudad de México autorizó
un endeudamiento por 4,000 millones de pesos y el Pago de 39 millones de pesos
con Recursos Propios de la Ciudad de México; el costo Financiero de la Deuda
Pública ascendió a 12,000,861 millones de pesos de los cuales 6,371 millones de
pesos para el Pago de Amortizaciones y 6,490 millones de pesos al Costo
Financiero.
Referencias y Bibliografías
Cámara de Diputados. (CPEUM (Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos) Última reforma publicada DOF 11-03-2021 de
Secretaría de Servicios Parlamentarios de Secretaría General). Obtenido de H.
Congreso de la Unión: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/627005/CPEUM_11_03_2021.pdf
Cámara de Diputados. (Ley Orgánica de
la Administración Pública Federal (Última reforma publicada DOF 22-01-2020)
de Secretaría de Servicios Parlamentarios de Secretaría General). Obtenido de
H. Congreso de la Unión: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/545961/Ley_Organica_Administracion_Publica_Federal_22_01_2020.pdf
Cámara de Diputados. (LFPRH (Ley
Federal del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria) Última reforma
publicada DOF 19-11-2019 de Secretaría de Servicios Parlamentarios de
Secretaría General ). Obtenido de H. Congreso de la Unión: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/545958/Ley_Federal_Presupuesto_y_Responsabilidad_Hacendaria_19_11_2019.pdf
Gobierno de la Ciudad de México.
(Consultado el 31 de Agosto del 2021 de Cuenta Pública de la Ciudad de México
2020). Obtenido de SAF (Secretaría de Administración y Finanzas): https://servidoresx3.finanzas.cdmx.gob.mx/egresos/cp2020_21/
Gobierno de México. (Acuerdo por el
que se Armoniza la Estructura de las Cuentas Públicas de NOR_01_11_002 de
CONAC (Consejo Nacional de Armonización Contable)). Obtenido de SHCP
(Secretaría de Hacienda y Crédito Público: https://www.conac.gob.mx/work/models/CONAC/normatividad/NOR_01_11_002.pdf
SHCP (Secretaría de Hacienda y Crédito
Público). (Consulta el 1 de Septiembre del 2021 de Reglamento Interior de la
SHCP (Secretaría de Hacienda y Crédito Público)). Obtenido de DOF (Diario
Oficial de la Federación 27 de Septiembre del 2017: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/299882/Reglamento_Interior_de_la_SHCP_DOF_27_de_septiembre_2017.pdf
SHCP (Secretaría de Hacienda y Crédito
Público). (Guía para la Entrega de Información Contable de Integración de la
Cuenta Pública 2020 de Unidad de Contabilidad Gubernamental). Obtenido de
Subsecretaría de Egresos: https://www.cuentapublica.hacienda.gob.mx/work/models/CP/cuenta/2020/Guia_Contable.pdf
UnADM (Universidad Abierta y a
Distancia de México). (Actividad 3 Construcción de la Cuenta Pública de
Unidad 1 Estructura de la Cuenta Pública de Módulo 14 Integración de la
Cuenta Anual de la Hacienda Pública). Obtenido de Licenciatura en Contaduría
y Finanzas Públicas Contenido 5° Semestre: https://campus.unadmexico.mx/contenidos/DCSA/MODULOS/CFP/M14_VICAH/U1/descargables/M14_U1_Contenido.pdf
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