MÓDULO 6 UNIDAD 3 ACTIVIDAD 3 PROCESO DE RECAUDACIÓN DE INGRESOS
En este análisis se presenta el Proceso de Recaudación de Impuestos de los tres niveles de Gobierno Federal, Estatal y Municipal y una breve exposición de lo que se tiene estimado recaudar en el 2020 y cual es el Gasto Público de estos.
Proceso
de Recaudación Tributario Federal
El proceso del Sistema Tributario en México se fundamentalmente en la disposiciones contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); así como también en los Tratados Internacionales de los que México participa los cuales están sustentados en el Código Fiscal de la Federación (CFF), la Ley de Coordinación Fiscal, los Códigos Fiscales de las Entidades Federativas y de los Municipios, las Leyes de Hacienda de los Estados y de los Municipios, la Ley de Comercio Exterior, la Ley Aduanera, también las diversas legislaciones en materia de impuestos como la Ley de Impuestos al Valor Agregado, la Ley de Impuestos sobre la Renta, así como los diversos reglamentos, decretos y circulares, las cuales aplicarán las disposiciones de derecho federal común. En la Constitución se señala que el Sistema Tributario se divide en el Sistema Tributario Federal, Sistema Tributario Estatal y El Sistema Tributario Municipal.
El Gobierno de México busca por medio de las Finanzas Públicas y la Política Fiscal que ejerce la programación eficaz de los Ingresos y el Gasto Público a través del Presupuesto y que tiene como objetivo general la Política Económica. El Sector Público Presupuestario se divide en el Sector Público Presupuestario Directo el cual está conformado por el Gobierno Federal y este se clasifica en el Poder Legislativo, Poder Judicial, Instituto Nacional Electoral, Comisión de Derechos Humanos, Tribunales Agrarios y el Tribunal de Justicia de la Fiscal y Administrativa; la Administración Pública Centralizada la cual se clasifica en la Presidencia de la República (Poder Ejecutivo), las 16 Secretarías del Estado, la Consejería Jurídica; Organismos y Empresas bajo control Presupuestario Directo la cual se clasifica en Petróleos Mexicanos (PEMEX), Comisión Federal de Electricidad (CFE), Instituto Mexicanos del Seguro Social (IMSS), Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE); y el Sector Público Presupuestario Indirecto el cual está conformado por los Organismos y Empresas bajo el Control Presupuestario Indirecto el cual está clasificado por Organismos Públicos Descentralizados el cual está integrado por la Casa de Moneda de México (OM), Comisión Nacional para la Protección y Defensa de os Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero (FND), Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB), Lotería Nacional para la Asistencia Pública (LOTENAL), Pronósticos para la Asistencia Pública (PRONOSTICOS), Instituto Para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP); Instituciones Nacionales de Crédito y están integrados por el Banco Nacional de Comercio Exterior S.N.C. (Bancomext), Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos S.N.C. (Banobras), Banco Nacional del Ejercito, Fuerzas Aérea y Armada S.N.C. (Banjercito), Nacional Financiera S.N.C. (NAFIN), Banco del Bienestar, S.N.C., I.B.D. (Bienestar), Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C. (SHF); Instituciones Nacionales de Seguros y Fianzas y está integrada por Aseguradora Agropecuaria Mexicana (Agroasemex), Seguros de Crédito a la Vivienda SHF, S.A. de C.V.; Fondos y Fideicomisos y está integrada por Fondo especial de Asistencia Técnica y Garantía para Créditos Agropecuarios, Fondos de Capitalización e Inversión del Sector Rural, Fondos de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura, Fondos de Garantía y Fomento para las Actividades Pesqueras, Fondos de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda, Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios.
Los Ingresos del Sector Público Presupuestario se clasifican en la Ley de Ingresos de la Federación el cual está integrado por los Impuestos (contribución tributaria en dinero o especie de carácter obligatorio para las Persona Físicas y Morales) y este se clasifica en Impuestos Federales básicos conocidos como Impuesto Tributario que son Impuesto Sobre la Renta (ISR), Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto Especial sobre Producción y Servicio (IEPS), Impuesto sobre Automóviles Nuevos (ISAN), Impuesto sobre Depósitos en Efectivo (IDE), Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU); Impuestos no Tributarios que son las Aportaciones del Seguro Social (Contribuciones y obligaciones fijadas por la Ley del Seguro Social o las personas que se beneficien en forma especial promocionados por el Estado), Contribuciones de Mejora (contribuciones a cargo de Personas Físicas y Personas Morales que se benefician de manera directa de una obra pública) , Derechos o Contribuciones de Derecho (aportaciones económicas especiales impuestas por el Estado); Organismos y Empresas el cual está integrado como Petróleos Mexicanos (PEMEX), Comisión Federal de Electricidad (CFE) y este se clasifica en Impuestos Petroleros los cuales se conforman del Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto Especial de Productos y Servicios (IEPS), Impuesto General de Importación (IGI), Derechos y Aprovechamientos y el Régimen Fiscal de Petróleos Mexicanos (PEMEX); los Impuestos No Petroleros que están compuestos por el Impuesto Sobre la Renta (ISR), Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto Especial Productos y Servicios (IEPS), Impuesto General de Importación (IGI), Impuesto sobre Tenencia o uso de Vehículo, Impuesto sobre Automóvil Nuevo.
Proceso de Recaudación Estatal (CDMX antes Ciudad de México)
Las contribuciones que gravan las entidades federativas se basan en la Constitución que rige al Entidad Federativa y las Leyes Fiscales de cada una de ellas; y los impuestos de la CdMx son los Impuestos Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal (ISERTP) (Nóminas), Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos (10 años o más), Impuesto Sobre Compraventa de Autos Usados, Impuesto sobre Rifas, Loterías y Juegos con Cruce de Apuestas; los nuevos impuestos en el 2020 en la CdMx son Impuesto al Alcohol, excepto Cerveza y Pulque tendrá una tasa del 3% al 55%, Cargo Extra a Juegos de Apuesta tendrán un Impuesto del 10% sobre el monto de la apuesta y se modifica el impuesto para quienes organicen loterías, rifas o sorteos deberán pagar un 13% de impuestos, la Tenencia aplicará el Impuesto igual al del Estado de México para vehículos particulares con una tasa única del 3% del valor del vehículo, Impuesto de Hospedaje va del 3% al 3.5% por la prestación de estos servicios y un 5% sobre aquellos que presten Servicios de Hospedaje.
Cabe mencionar que el Gasto Público y las demás obligaciones a cargo de la CdMx percibirá en cada Ejercicio Fiscal ingresos por la recaudación de los Impuestos, Derechos, Aportaciones de Mejora, Productos, Aprovechamientos, así como los Ingresos derivados de la Coordinación Hacendaria e Ingresos provenientes de Financiamientos establecidos en la Ley de Ingresos de la CdMx; la Secretaría de Administración y Finanzas de la CdMx es quien se encarga del desarrollo de Políticas de Ingresos, la Administración Tributaria, la Programación, Presupuestación, Evaluación del Gasto Público de la CdMx.
Proceso de Recaudación Municipal (Alcaldía Cuauhtémoc CDMX)
La actividad Hacendaria de la Municipal (Alcaldía) enfrenta el reto de definir el papel del cual deben participar en los Ingresos Públicos en el desarrollo de la Alcaldía desde el punto de vista económico y que realmente tengan un impacto positivo deben asegurar por un lado la asignación óptima de los recursos y por otro que contribuya al desarrollo de la Alcaldía.
Las Contribuciones establecidas a la Entidad Municipal (Alcaldía Cuauhtémoc) son los Impuestos de Predial, Impuesto Sobre Traslación de Dominio, Impuesto Sobre Anuncios Publicitarios. El pago de los Impuestos de la Alcaldía Cuauhtémoc en las Oficinas de la Secretaría de Finanzas de la CDMX mejor conocidas como Tesorerías.
Si bien este año el crecimiento de México no es el esperado debido a los acontecimientos de la epidemia y la caída del petróleo, la inseguridad que actualmente se vive en el país, la falta de inversión del extranjero por la desconfianza debido a decisiones que a tomado el Gobierno, el desempleo, entre otros factores; si los Ingresos que se obtienen de las contribuciones se emplearán con legalidad, honestidad, responsabilidad y transparencia al Gasto Público y se invirtiera más en Educación, Salud, Seguridad y crear proyectos para producir más empleos con los productos o servicios que emprendemos lo mexicanos; se pueden lograr grandes avances.
ALCALDÍA EN CUAUHTÉMOC. (s.f.). Obtenido de PROGRAMA DE GOBIERNO:
https://alcaldiacuauhtemoc.mx/wp-content/uploads/2019/02/Programa-de-Gobierno-14-feb-2.pdf
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO. (23 de diciembre de 2019). Obtenido de LEY DE INGREOS DE
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https://data.finanzas.cdmx.gob.mx/documentos/LeyIngresos_2020.pdf
HACIENDA . (ESTIMACIONES DEL GASTO PÚBLICO PARA
2020). Obtenido de Secretaria de Hacienda y CréditoPúblico (SHCP):
https://www.ppef.hacienda.gob.mx/work/models/PPEF2020/docs/exposicion/EM_Capitulo_2.pdf
JUSTICIA México. (s.f.). Obtenido de
https://mexico.justia.com/derecho-fiscal/#:~:text=Derecho%20Fiscal,obligaci%C3%B3n%20contribuir%20al%20gasto%20p%C3%BAblico.&text=Y%20es%20en%20esta%20disposici%C3%B3n,y%20destino%20del%20gasto%20p%C3%BAblico.
PROCURADURÍA AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TRIBUNAL DE LA
CIUDAD DE MÉXICO. (04 de mayo de 2018). Obtenido de
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http://www.paot.org.mx/centro/leyes/df/pdf/2018/LEY_ORGANICA_ALCALDIAS_CDMX.pdf
Real Benítez, A., Naranjo Espinoza, L. E., & Vargas
Sosa, C. C. (s.f.). La Ley Tributaria Mexicana y su interpretación.
Obtenido de https://www.senado.gob.mx/comisiones/hacienda/docs/Magistrado_TFJFA/LENE_LeyTributaria.pdf
Rombiola, N. (Los Impuestos). FINANCIAL RED.
Obtenido de GUÍA IMPOSITIVA: https://losimpuestos.com.mx/impuestos-federales/
Buen día Laura.
ResponderEliminarMuy buen blog. También curso la misma carrera.
Saludos cordiales.