MÓDULO 6 UNIDAD 3 ACTIVIDAD 2 CONTRIBUCIONES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
En
la presente actividad se exponen los elementos que integran cada una de las
contribuciones; por lo cual en el Sistema Tributario Federal el Artículo 31
fracción IV de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) menciona que es obligación de los
mexicanos contribuir para los gasto públicos, así como de la Federación, Estados,
Ciudad de México y Municipios en que residan de la manera proporcional y
equitativa que dispongan las leyes; así como también en el Artículo 73 fracción
VII de la Constitución señala que el Congreso Federal tiene facultad
para imponer contribuciones necesarias para cubrir el presupuesto; esta
disposición constitucional que tiene fundamento en el Derecho Fiscal y
los cuales se basan en principios de capacidad contributiva, igualdad
tributaria, reserva de Ley y destino del Gasto Público; en él Artículo
73 fracción XXIX menciona que él Congreso tiene la facultada de
establecer contribuciones especiales, reservadas en forma expresa a la Federación.
Y en el Artículo 131 cita que es facultad exclusiva del Estado
gravar y reglamentar las políticas tributarias del Comercio Exterior. En
Ley de nuestra Constitución se menciona con relación a las
Contribuciones del Estado primero se menciona el Artículo 31 fracción IV
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM)
menciona que es obligación de los mexicanos contribuir para los gasto públicos,
así como de la Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios
en que residan de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes;
En el Artículo 117 fracción VII de la Constitución establece para los Estados
que no pueden en ningún momento expedir, ni mantener leyes o disposiciones
fiscales que importen diferencias de impuestos; y en el mismo artículo pero fracción
VIII el Estado en ningún momento podrá contraer directa o indirecta
obligaciones o empréstitos con gobiernos de otras naciones, con sociedades o
particulares extranjeros o cuando deban pagarse en moneda extranjera o fuera
del territorio nacional; en el Artículo 115 Los Estados adoptarán bajo
su régimen interior teniendo como base su organización administrativa, el
municipio libre y en la fracción IV expresa que los municipios
administrarán libremente su hacienda la cual se formará de los rendimientos de
bienes que les pertenezcan, así como de sus contribuciones y otros ingresos que
las legislaturas establezcan a su favor y mencionando en el inciso a)
percibirán contribuciones, incluyendo tasas adicionales, que establezcan los Estados
sobre la propiedad inmobiliaria, de su fraccionamiento, división, traslación y
mejoras, así como las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles y
por último en el Artículo 124 se cita que las facultades que no sean
expresamente de la Federación, se entienden reservadas a los Estados,
con la limitante de no gravar las materias exclusivas del Gobierno Federal.
Solo para concluir en la Constitución Política de los Estados Unidos México
menciona de igual manera para las contribuciones municipales los Artículos
31 fracción IV, Artículo 115 fracción IV este último menciona la
confirmación de la Hacienda Pública Municipal y a través de las
contribuciones que establezcan los Estados sobre propiedad inmobiliaria,
división, consolidación, traslación o mejora de su fraccionamiento y la
prestación de servicios públicos a cargo del Municipio.
Desarrollo
Enlace
para verificar la información del Cuadro Descriptivo https://drive.google.com/open?id=1hGobeNrApwGUj_BBfNdvKRZZS_JC-gQZ
Conclusión
En
México se encarga de la Política Tributaria el Servicio de Administración
Tributario (SAT) y la evaluación, la aplicación de la legislación fiscal y
aduanera, además de vigilar a las personas físicas y morales que paguen sus
contribuciones con la finalidad de apoyar al Gasto Público. La Secretaría
de Hacienda y Crédito Público tiene como objetivo proponer, dirigir,
controlar la política de Gobierno Federal en materia financiera, fiscal,
de gastos, ingresos y deuda pública con el propósito del crecimiento económico
con calidad, equitativo, incluyente y sostenido que fortalezca el bienestar de México.
Por
lo cual se debe tener presente que el Sistema de Administración Tributaria
(SAT) es un órgano descentralizado de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP), por lo cual tiene la facultad de realizar
auditorías, inspecciones y revisiones, etc., a los Contribuyentes, recaudar,
determinar, liquidar impuestos, contribuciones de mejora, derechos, productos,
aprovechamientos federales de acuerdo con la legislación, tratados
internacionales; por lo cual el Sistema de Administración Tributaria es
base fundamental en las funciones fiscales de la Secretaría de Hacienda
Pública (SHCP).
CÁMARA DE DIPUTADOS
LXIV LEGISLATURA. (Estudios de el Pago
de Impuestos y la Evasión de Fiscal en México de 13 de mayo de 2019).
Obtenido de Centro de Estudios de las Finanzas Públicas:
https://www.cefp.gob.mx/publicaciones/documento/2019/cefp0132019.pdf
Gobierno Federal. (s.f.). Obtenido de Secretaría de Hacienda y Crédito
Público: https://www.gob.mx/shcp
JUSTICIA México.
(s.f.). Obtenido de https://mexico.justia.com/
LEY DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. (Última Reforma Diario Oficial de la Federación DOF
04-12-2018 de Secretaría de Servicios Parlamentarios de Secretaría General).
Obtenido de CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/93_041218.pdf
Licenciatura en Contaduría y Finanzas Públicas . (Contenido de Unidad 3 Ley de Ingresos de Módulo 6
Naturaleza de la finanzas públicas y contabilidad gubernamental). Obtenido de
2° Semestre:
https://ca.unadmexico.mx/contenidos/DCSA/MODULOS/CFP/M6_VNFPC/U3/descargables/M6_U3_Contenidos.pdf
Moreno, R. (19 de MAYO de 2020). financer.com.
Obtenido de
https://financer.com/mx/finanzas-personales/tipos-de-impuestos-en-mexico/
Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). (s.f.). Obtenido de Sistema de Administración
Tributaria (SAT): https://www.sat.gob.mx/home
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