MÓDULO 6 UNIDAD 3 ACTIVIDAD 1 CLASIFICACIÓN DE LA LEY DE INGRESOS




Introducción 


En esta actividad se expone una breve reflexión donde se exponen la clasificación de la Ley de ingresos la cual es un ordenamiento legal propuesto por el Poder Ejecutivo y aprobado por el Poder Legislativo en esta se establecen las normas para captar los recursos financieros del Gobierno Federal Estatal y Municipal; teniendo como vigencia un año a partir del 1° de enero hasta el 31 de diciembre, la cual deberá presentarse ante el Congreso de la Unión a más tardar en los primeros días de septiembre de cada año, tiene que ser autorizada por la Cámara de Diputados como máximo el 20 de octubre y por la Cámara de Senadores hasta el 31 de octubre. Ahora en el Artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se establece que es obligación de los mexicanos contribuir a los gastos públicos de la Federación, Distrito Federal o del Estado y Municipios en que residan de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes; además en el Artículo 73 fracción VII de la Constitución se señala que el Congreso Federal tiene facultades para imponer las contribuciones necesarias para cubrir el presupuesto.

Desarrollo  

Reflexión de la Clasificación de la Ley de Ingresos


La Ley de Ingresos se clasifican en Ingresos Tributarios (son las percepciones que obtiene el Gobierno Federal por las imposiciones fiscales fija (Impuestos) obligatorias del Estado a las personas físicas y morales); Ingresos Patrimoniales (son los que preceden de la explotación y venta de los bienes que constituyen el patrimonio de las entidades públicas y los cuales no pueden calificarse como bienes de dominio o uso público los cuales se rigen por normas de derecho privado) e Ingresos Financieros son los que vienen de las diversas fuentes de financiamiento  que el Estado se ve precisado a recurrir a las necesidades de las prestaciones fiscales recibidas de los contribuyentes para integrar el presupuesto nacional. La estructura del Ingreso Público se clasifica en Ingresos Ordinarios (es la recaudación de forma regular por el Estado tales como los Impuestos (imposiciones del Gobierno Federal a las personas físicas y morales), los Derechos (contraprestación a un servicio público), Productos (el pago de las personas físicas y morales que se benefician de manera directa por obras públicas), Aprovechamiento (ingresos derivados de la venta de bienes y servicios de Organismos y empresas Paraestatales). Ingresos Extraordinarios son los recursos que no se obtienen de manera regular por el Estado tales como la venta de bienes nacionales, contratación de créditos externos e internos o emisión de monedas por parte del Banco de México (Banxico). Ingresos Petroleros son los recursos que obtiene el Gobierno Federal por concepto de impuestos, derechos y aprovechamientos derivados de la extracción, explotación, producción y comercialización interna del petróleo y sus derivados, así como de la exportación de los productos petroleros. Ingresos No Petroleros son los ingresos tributarios menos los recursos obtenidos por concepto de impuestos a la producción y extracción de hidrocarburos, se constituye eliminando las gasolinas Diesel para combustión automotriz e impuestos a los rendimientos petroleros. Ingresos Tributarios son las percepciones que obtiene el Gobierno Federal por las imposiciones fiscales fijas obligadas por el Estado a las persona físicas y morales conforme a la Ley para el financiamiento del Gasto Público llamados Impuestos. Ingresos No Tributarios Son los ingresos generados por la venta de bienes y servicios, por citar la construcción de canales de riego para el campo, el cobro de tasas como las aeroportuarias por el uso de su infraestructura; también las contribuciones como el cobro de incumplimientos de contratos, rentas de inversión que hace el Gobierno ya sean con empresas públicas o privadas y otros ingresos que generan por actividades propias de las Instituciones del Estado; el cobro de estos valores deben ser legalmente justificados.

Conclusión 

Para que los Ciudadanos Personas Físicas y Morales no veamos como una mala inversión el pagar los impuestos, estos tienen que ser invertidos de maneras responsable y con transparencia en Educación, Salud, Infraestructura, etc.  Cuando el Gobierno realiza la venta de un inmueble o patrimonio tiene que especificar clara, honesta y el monto de lo recibido y en que será invertido. Pemex por muchas décadas ha sido explotado y desperdiciado de manera irresponsable por las autoridades responsables de esta institución que hoy que reporta perdidas aún no hay creado un plan verdaderamente efectivo para poder continuar beneficiándonos de este recurso.

 Referencias
  
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN. (LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2020 de Nueva Ley DOF 25-11-2019 de Secretaría de Servicios Parlamentarios). Obtenido de Secretaría General: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIF_2020_251119.pdf
Centro de Estudios de las Finanzas Públicas. (26 de junio de 2018). Obtenido de Cámara de Diputados LXIII Legislatura: https://www.cefp.gob.mx/publicaciones/documento/2018/cefp0192018.pdf
Licenciatura en Contaduría y Finanzas Públicas . (Contenido de Unidad 3 Ley de Ingresos de Módulo 6 Naturaleza de la finanzas públicas y contabilidad gubernamental). Obtenido de 2° Semestre: https://ca.unadmexico.mx/contenidos/DCSA/MODULOS/CFP/M6_VNFPC/U3/descargables/M6_U3_Contenidos.pdf

 Anexos 

1. ¿Qué es la Ley de Ingresos?

Es un ordenamiento legal este es propuesto por el Poder Ejecutivo y aprobado por el Poder Legislativo que establece la normas para captar los recursos financieros e tanto como el Gobierno Federal, Estatal y Municipal; este orden tiene una vigencia de un año a partir del 1° de enero hasta el 31 de diciembre y el cual deberá presentarse ante el Congreso de la Unión a más tardar al 8 septiembre de cada año a su vigencia y deberá ser autorizada por la Cámara de Diputados como máximo el 20 de octubre y por la Cámara de Senadores hasta el 31 de octubre.

2. ¿En qué artículo de la Constitución se señala que los mexicanos deben contribuir a los gastos públicos?

El artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el cual establece que es obligación de los mexicanos contribuir a los gastos públicos de la Federación, Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes; además en el Artículo 73 fracción VII de la Constitución se señala que el Congreso Federal tiene facultades para imponer las contribuciones necesarias para cubrir el presupuesto.

3. ¿De cuántas maneras se pueden clasificar los ingresos incluidos en la Ley de Ingresos? Realice una breve exposición de cada una de ellas.

En la Ley de Ingresos se clasifican en Ingresos Tributarios, Ingresos Patrimoniales e Ingresos Financieros.

Ahora los tipos de Ingresos que existen son:

Ingreso Devengado

Es el que se realiza cuando existe jurídicamente el derecho de cobro de impuestos, derechos de productos y aprovechamientos y otros ingresos por parte de las Entidades Públicos.

Ingreso Estimado

Es el que se aprueba anualmente en la Ley de Ingresos, e incluye los impuestos, cuotas y aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras, derechos y productos, aprovechamientos, financiamientos internos y externos, por la venta de bienes y servicios, de participaciones, aportaciones, recursos convenidos, y otros ingresos.

Ingreso modificado

Es cuando en la asignación presupuestaria en la Ley de Ingresos lo que resulte a incorporar las modificaciones al ingreso estimado prevista en la Ley que norma.

Ingreso Recaudado

Son los que se refleja en el cobro en efectivo o cualquier otro medio de pago de los impuestos, cuotas y aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras, derechos y productos de aprovechamientos, financiamientos internos y externos; así como de la venta de bienes y servicios, además de participaciones, aportaciones, recursos convenidos, y otros ingresos por parte de los entes públicos.

Ingresos Acumulables

Es todo ingreso que perciban las personas físicas y morales que califica para determinar el pago del impuesto sobre la renta.

Ingresos Corrientes

Son lo que provienen del cobro de contribuciones fiscales; la venta de bienes y servicios de las entidades paraestatales y las transferencias del Gobierno Federal. Estas percepciones significan un aumento del efectivo en el sector público, como resultado de sus operaciones normales; por tanto, excluyen los recursos provenientes de la enajenación de su patrimonio y de activos fijos.
Ingresos de Capital

Son provenientes de la enajenación de activos fijos, autofinanciamiento por aumentos de la depreciación y amortización acumulada, trasferencias recibidas para financiar gastos de capital y de la recuperación de inversiones financieras.

Ingresos del Gobierno Federal

Son los recursos provenientes de impuestos, contribuciones de mejoras, derechos y productos, aprovechamientos y accesorios a las contribuciones; por lo cual se considera el financiamiento que obtiene el Gobierno federal tanto en el interior del país como en el extranjero.

Ingresos Excedentes

Son los recursos que durante el ejercicio fiscal se obtienen en exceso de los aprobados en la Ley de Ingresos o, en su caso, respecto de los ingresos propios de las entidades de control indirecto.

Ingresos Exentos
Son aquellos ingresos por los que el contribuyente no está obligado al pago de impuesto.

Ingresos No Tributarios

Son los ingresos que el Gobierno Federal, Estatal o Municipal obtiene como contraprestación a la entrega de un servicio público que son los derechos; o por el uso o enajenación de bienes del dominio privado que son los productos, o por el pago de las personas físicas y morales que se benefician de manera directa por obras públicas que es la contribución de mejoras; o derivados de la aplicación de multas, recargos y otros ingresos señalados en la Ley de Ingresos son los que se les denomina aprovechamientos; y por los ingresos ordinarios generados por funciones de derecho público, distintos de impuestos, derechos, productos y aprovechamientos.

Ingresos Petroleros

Son los recursos que recibirá el Gobierno Federal por la suma de las transferencias desde el Fondo Mexicano del Petróleo que se estipulen en la Ley de Ingresos  y el Presupuesto de Egresos para cubrir las transferencia al Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios, al Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas, al Fondo de Extracción de Hidrocarburos, al Fondo Sectorial Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT) y la Secretaría de Energía Hidrocarburos, incluyendo los montos que se destinen al Fondo de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico de Institutos de Investigación en Materia de Hidrocarburos y la Sustentabilidad Energética a la Tesorería de la Federación para cubrir los costos de Fiscalización en Materia Petrolera de la Auditoria Superior de la Federación, así como los recursos necesarios para que los Ingresos Petroleros del Gobierno Federal que se destinan a cubrir el Presupuesto de Egresos de la Federación y se mantengan en 4.7% del Producto Interno Bruto (PIB), además de la recaudación por el impuesto sobre la renta que se genere por lo nuevos contratos y asignaciones en materia de Hidrocarburos.

Ingresos Petroleros del Gobierno Federal

Son los recursos que obtiene el Gobierno federal por concepto de impuestos, derechos y aprovechamientos derivados de la extracción, explotación, producción y comercialización interna de petróleo y sus derivados, así como de la exportación de los productos petroleros.

Ingresos Presupuestarios

Son todas las contribuciones y sus accesorios de acuerdo con lo estipulado en el Código Fiscal de la Federación que están obligados a pagar las personas físicas y morales para sufragar los gastos públicos en forma de impuestos, aportaciones de seguridad social, contribución de mejoras y derechos y los productos provenientes de las contraprestaciones por los servicios que proporciona el Estado en sus funciones de derecho privado, así como por el uso de aprovechamiento o enajenación de bienes del dominio privado, a los aprovechamientos derivados de funciones de derecho público distintos de los conceptos anteriores y de los ingresos por financiamiento; Además, se incluyen los ingresos que obtienen los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal, distintos de contribuciones
a la seguridad social y financiamiento.

Ingresos Propios

Son los recursos que por cualquier concepto obtengan las entidades, distintos a los recursos por concepto de subsidios y transferencias, conforme a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

Ingresos propios del Sector Paraestatal

Son los recursos que por cualquier concepto obtienen las entidades, distintos a los
generados por concepto de subsidios y transferencias, recibidos por la Tesorería de la Federación en los términos en que se fijen en los Presupuestos de Egresos anuales de la Federación y del Distrito Federal, debiendo manejarlos y administrarlos por sus propios órganos y sujetarse a los controles e informes respectivos de conformidad con la legislación aplicable.

Ingresos Tributarios

Son las percepciones que obtiene el Gobierno federal o Estatal por las imposiciones que en forma unilateral y obligatoria fija el Estado a las personas físicas y morales, conforme a la Ley para el financiamiento del Gasto Público; el carácter tributario atiende a la naturaleza unilateral y restrictiva de los impuestos gravando las diversas fuentes generadoras de ingresos como la compraventa, el consumo y las transferencias.

4. ¿Defina que son los ingresos ordinarios y extraordinarios?

Ingresos Ordinarios son los que se recaudan de forma regular por el Estado tales como los impuestos, los derechos, los ingresos por venta de bienes y servicios de los organismos y empresas paraestatales.

Ingresos Extraordinarios son los recursos que no se obtienen de manera regular por el Estado tales como la enajenación de bienes nacionales, contratación de créditos externos e internos o emisión de moneda por parte del Banco de México (Banxico).

5. ¿Cuáles son los ingresos petroleros y no petroleros?

Ingresos Petroleros son los recursos que obtiene el Gobierno Federal por Concepto de Impuestos, derechos y aprovechamientos derivados de la extracción, explotación, producción y comercialización interna del petróleo y sus derivados, así como de la exportación de los productos petroleros.

Ingresos No Petroleros son los Ingresos Tributarios menos lo recursos obtenidos por concepto de impuestos a la producción y extracción de los hidrocarburos; se constituye eliminando las gasolinas Diesel para combustión automotriz e impuestos a los rendimientos petroleros.

6. ¿Cuáles son los ingresos tributarios y no Tributarios?

Ingresos Tributarios son las percepciones que obtiene el Gobierno Federal por las imposiciones fiscales fijas obligadas por el Estado a las personas físicas y morales conforme a la Ley para el financiamiento del Gasto Público llamados Impuestos.

Ingresos No Tributarios son los ingresos generados por la venta de bienes y servicios, por citar la construcción de canales de riego para el campo, el cobro de tasas como las aeroportuarias por el uso de su infraestructura; también las contribuciones como el cobro de incumplimientos de contratos, rentas de inversión que hace el Estado ya sean con empresas públicas o privadas y otros ingresos que generan por actividades propias de las Instituciones del Estado; el cobro de estos valores deben ser legalmente justificados.































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