IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES EL ENTORNO DEL SISTEMA TRIBUTARIO MEXICANO

 El Entorno del Sistema Tributario Mexicano


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Introducción

El sistema tributario mexicano forma parte de un conjunto amplio denominado finanzas públicas, mediante el cual el Estado obtiene, administra y aplica recursos económicos para cumplir con sus funciones y atender necesidades colectivas.

Dentro de las finanzas públicas los ingresos que obtiene el Estado porque permite financiar el gasto público; una de las principales fuentes de estos ingresos son las contribuciones, cuya obligación de pago se encuentra establecida en las disposiciones jurídicas correspondientes.

El entorno del Sistema Tributario Mexicano permite comprender que los impuestos no deben analizarse de manera aislada; para entender por qué existen, quien debe pagarlos, cómo se determina y cuál es su finalidad, es necesario conocer previamente el concepto de Finanzas Públicas, Marco Jurídico, Derecho Fiscal y Contribuciones.

El Entorno del Sistema Tributario Mexicano

Conjunto de factores económicos, jurídicos, políticos, sociales e institucionales que influyen y forman la manera en que el Estado mexicano recauda impuesto y administra sus finanzas públicas; no solo son leyes fiscales, sino todo el contexto que rodea el sistema tributario en México.

1. Conceptos básicos de Finanzas Públicas

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¿Qué son las Finanzas Públicas?

Las finanzas públicas estudian la actividad económica y financiera del Estado, particularmente la forma en que obtienen recursos, cómo los administran y cómo los utiliza para cumplir los objetivos.

Por lo que las finanzas públicas están relacionadas con los ingresos, el gasto, deuda y financiamiento público. La SHCP (Secretaría de Hacienda y Crédito Público presenta información oficial sobre la situación económica, las finanzas y la deuda públicas, así como la información sobre los ingresos y el gasto del sector público.

Ingresos públicos

Son los recursos económicos que obtiene el Estado para financiar sus actividades; entre ellos encontramos diferentes fuentes, en materia fiscal que son las contribuciones. El Código Fiscal de la Federación establece que las contribuciones se clasifican en Impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras, derechos; las cuales están establecidas en el Título Primero de las Disposiciones Generales del Capítulo 1 Artículo 2.

Gasto Público

El Estado no obtiene recursos únicamente para acumularlos, sino para utilizarlos en el cumplimiento de sus funciones; el gasto público comprende los recursos que se destinan entre otros fines al funcionamiento de las instituciones públicas, los servicios, la infraestructura, los programas y las actividades previstas en el presupuesto. En la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria se regulan los aspectos relacionados con la programación, presupuestación, aprobación, ejercicio, control y evaluación de los ingresos y egresos públicos federales; por lo que existe una relación entre los ingresos públicos, el presupuesto y el gasto público.

Deuda y financiamiento público

Cuando los ingresos disponibles no son suficientes para cubrir determinadas necesidades financiera del sector público, el Estado puede recurrir a mecanismos de financiamiento y endeudamiento, siempre dentro del marco jurídico aplicable; en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría contempla los conceptos relacionados con los requerimientos financieros del sector público y la responsabilidad hacendaria; es decir que las finanzas públicas se puede decir que analizan la forma en que el Estado obtiene, administra, ejerce y controla los recursos públicos.

2. Marco Jurídico del Sistema Tributario Mexicano

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El sistema tributario mexicano tiene fundamento jurídico, porque la obligación de contribuir debe estar sustentada en disposiciones legales; dentro de este marco se encuentra la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Código Fiscal de la Federación, la Ley de Ingresos de la Federación, la Ley del Impuesto sobre la Renta, la Ley del Impuesto al Valor Agregado, la Ley de Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, la Ley Federal de Derechos y otras disposiciones fiscales y administrativas aplicables.

El SAT (Sistema de Administración Tributaria) mantiene un apartado oficial de normatividad en el que se encuentran entre otras disposiciones la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Código Fiscal de la Federación.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la obligación de contribuir 

El fundamento constitucional de la obligación tributaria se encuentra en el Título Primero Capítulo II de los Mexicanos en el Artículo 31 Fracción IV, se establece la obligación de contribuir para el gasto público de la federación, las entidades federativas, la Ciudad de México y los municipios de manera proporcional y equitativa conforme a las leyes. Este principio es fundamental porque significa que la obligación tributaria tiene que estar vinculada con la disposición legal.

El Código Fiscal de la Federación 

El CFF (Código Fiscal de la Federación) es una de las normas fundamentales para comprender el sistema tributario federal, en el Título Primero de las Disposiciones Generales en el Artículo 1 establece que las personas físicas y morales están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a las leyes fiscales respectivas y señala la aplicación del propio Código en los casos correspondientes.

3. Fuentes del Derecho Fiscal y Supletoriedad de Leyes

¿Qué son las fuentes del Derecho Fiscal?

Son los medios o formas mediante los cuales surgen las norms jurídicas que regulan las relaciones tributarias; entre las que se encuentran la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que es la norma fundamental del sistema jurídico mexicano y establece las bases constitucionales de la obligación tributaria.

Leyes

las Leyes Fiscales las cuales asientan l as contribuciones y regulan aspectos como los sujetos, objetos, bases, tasas, tarifas, obligaciones y procemientos como la Ley del Iva sobre la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado, la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, la Ley Federal de Derechos.

Reglamentos

Desarrollan determinadas disposiciones contenidas en las leyes y  permiten precisar su aplicación.

Disposiciones administrativas

Existen disposiciones de carácter general emitidas por las autoridades fiscales dentro de las facultades que les otrogan las leyes; las que se pueden encontrar como reglas administrativas fiscales.

Tratados internacionales

También forman parte del entorno jurídico tributario los tratados internacionales celebrados por México, particularmente los relacionados en asuntos fiscales y tributarios. En el Título Primero de las Disposiciones Generales en el Artículo 1 del Código Fiscal de la Federación reconoce la aplicación de los tratados internacionales de los que México sea parte.

¿Qué significa Supletoriedad?

Cuando una norma fiscal no contempla expresamente determinado aspecto, puede recurrirse a otra disposición jurídica que pueda contemplar esa ausencia, siempre que cumpla las condiciones establecidas por la legislación. En el Título Primero de las Disposiciones Generales en el Artículo 5 del Código Fiscal de la Federación señala que a falta de norma fiscal expresa se aplicará supletoriamente las disposiciones del derecho federal común cuando su aplicación no sea contraria a la naturaleza propia del Derecho Fiscal.

4. Definiciones Básicas


Tributo o contribución

En México, el CFF (Código Fiscal de la Federación) utiliza el término contribuciones y las clasifica en impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejora y derechos.

Impuesto

Es una contribución establecida en la ley que deben pagar las personas físicas o morales que se encuentran en la situación jurídica o de hecho prevista por la ley.

Contribuyente

Persona física o moral que se encuentra obligada al cumplimiento de determinadas obligaciones fiscales conforme a las disposiciones aplicables.

Crédito Fiscal

En el Título Primero de las Disposiciones Generales en el Artículo 4 del Código Fiscal de la Federación, se establece que son créditos fiscales los que el Estado o sus organismos descentralizados tienen derecho a percibir provenientes de contribuciones, sus accesorios o aprovechamientos, entre otros conceptos previstos por la legislación.

Aprovechamientos

Título Primero de las Disposiciones Generales en el Artículo 3 del Código Fiscal de la Federación, los define como ingresos que percibe el Estado por funciones del derecho público distintos de las contribuciones, de los ingresos derivados de financiamientos y de aquellos obtenidos por organismos descentralizados y empresas de participación estatal.

Productos

Son las contraprestaciones por servicios que presta el Estado en funciones de derecho privado, así como por el uso, aprovechamiento o enajenación de bienes del dominio privado.

En resumen….

Conclusión

En el ámbito del Sistema Tributario Mexicano debe comprenderse a relación que existe entre las Finanzas Públicas que analiza como el Estado obtiene y utiliza recursos y el Derecho Fiscal establece el marco jurídico que regula las obligaciones tributarias. Las contribuciones representan una fuente importante de ingresos públicos y de acuerdo con el CFF son clasificados; así también el sistema tributario se sustenta con el marco jurídico; el CFF contiene las disposiciones generales relativas entre otras de las contribuciones, por lo que es importante entender como funciona el sistema tributario en su conjunto.

Referencias

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (Consulta el 26 de septiembre del 2026 de Última reforma publicada el 09 de abril del 2019). Recuperado el 2025, de Código Fiscal de la Federación: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CFF.pdf

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (Consulta el 27 de septiembre del 2026 de Última reforma públicada el 09 de abril del 2026). Obtenido de Ley Federal del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPRH.pdf

Gobierno de México - SHCP (Secretaría de Hacienda y Crédito Público) - SAT (Sistema de Administración Tributaria). (Consulta el 26 de septiembre del 2026). Obtenido de Normatividad 2026: https://www.sat.gob.mx/minisitio/NormatividadRMFyRGCE/normatividad_rmf_rgce2026.html

Gobierno de México - SHCP (Secretaría de Hacienda y Crédito Público). (Consulta el 26 de septiembre del 2026). Obtenido de Informes al Congreso de la Unión: https://www.finanzaspublicas.hacienda.gob.mx/es/Finanzas_Publicas/Informes_al_Congreso_de_la_Union

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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